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12 / Recordamos bonificación 50% en el Servicio de Alerta al Socio


Recordamos: Los asociados que soliciten el Servicio de Alerta al Socio tendrán un descuento del 50% en los dos primeros meses del servicio. El descuento es válido para quienes lo soliciten en el mes de marzo y abril.

Recordamos a nuestros asociados que, aquellas empresas que soliciten el Servicio de Alerta al Socio durante el mes de marzo y abril, se verán beneficiados con un descuento del 50% durante los dos primeros meses de la prestación del servicio.

El SAS es un servicio de alerta que permite realizar un seguimiento automático de una cartera de empresas en relación a las siguientes situaciones comerciales:
  • DENUNCIAS DE MOROSIDAD O CUENTAS AL COBRO (Registro de Incumplimientos de LIDECO)
  • PRESENTACIONES CONCURSALES (Fuente: Poder Judicial)
  • CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS SUSPENDIDAS (Fuente: Banco Central del Uruguay)
  • CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS CANCELADAS (Fuente: Banco Central del Uruguay)
  • DATOS DE DIARIO OFICIAL (Fuente: Diario Oficial)

¿Cómo solicitar el SAS?
La empresa socia solamente debe remitir a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. la lista de empresas que desea incluir en el SAS, identificadas con RUT o CI. Se debe indicar a qué correos electrónicos debe llegar el alerta, así como el nombre y cargo dentro de la organización, de los propietarios de dichos correos.

¿Qué beneficios ofrece el SAS?

Celeridad: el socio puede tomar contacto de un evento comercial al mismo tiempo en que el mismo es registrado en LIDECO, sin necesidad de haber decidido voluntariamente efectuar un control (es decir, gracias al carácter automático del servicio). Acceder a indicios tempranos respecto de la situación de una empresa, permite solicitar a tiempo ampliación de información, o ajustar también a tiempo las políticas de riesgo de crédito.

Automatización de controles: el SAS ejerce una vigilancia permanente sobre la detección de los ítems arriba planteados, con prescindencia de la decisión explícita de la empresa o del área de gestión del riesgo, de efectuar algún tipo de chequeo o control sobre las empresas incluidas en la lista. Esto, más allá de poder recurrir además, al variado espectro de servicios de información comercial de LIDECO.

Controles ininterrumpidos: una vez que se ingresan a nuestro sistema de alerta los RUT y CI de interés del asociado, los controles no se detienen. Desde la fecha de ingreso de los datos, el sistema está atento a enviar las alertas necesarias en la medida en que se van detectando.

Amplia cobertura: el SAS permite que en forma permanente y simultánea pueda realizarse un seguimiento de una amplia cantidad de empresas.

Excelente relación costo - beneficio: a un costo accesible, el socio de LIDECO puede contar con una protección básica respecto de una gran cartera de empresas.

Flexibilidad: la empresa socia puede aggiornar la lista de empresas que desea incluir o quitar del SAS cuando lo considere necesario.

Por consultas, dirigirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o al teléfono 29081636* internos 236, 240 y 248.

Muchas gracias.-

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Desde 1915 trabajamos para promover la fluidez y la seguridad en las transacciones comerciales

LIDECO es una gremial empresarial sin fines de lucro, que desde su fundación en 1915 congrega a empresas de todos los sectores de la actividad económica del país (financiero, industrial, comercial, de servcios y Organismos del Estado) en torno a la promoción de la transparencia, la ética en las transacciones comerciales, la defensa de la buena fe en el crédito, y la prevención del riesgo comercial.

En ese marco, nuestra Institución fue pionera en construir y ofrecer la más completa base de datos comerciales empresariales  para la toma de decisiones de negocios, al mismo tiempo que una solvente infraestructura jurídica, la cual, conjuntamente con la informativa, defienden el derecho de las empresas de prevenir el riesgo comercial y de operar en la plaza con seguridad.

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