Tel. +598 2908 1636* lideco@lideco.com

Tel. +598 2908 1636* / Fax. +598 2902 2857 / lideco@lideco.com
Julio Herrera y Obes 1413

  • Inicio
  • De Interés
  • Noticias
  • Aumenta la cantidad de cuentas corrientes bancarias sancionadas.

Aumenta la cantidad de cuentas corrientes bancarias sancionadas.


Compartimos la evolución de las cuentas corrientes bancarias sancionadas entre 2023 y 2024.

La cantidad de cuentas corrientes bancarias sancionadas de enero 2024 aumentó respecto al año 2023, tal como se observa en los gráficos que comparan los últimos 12 meses acumulados a enero 2024.

El último dato disponible es el de febrero 2023 – enero 2024. En este período se registra un total de 1.125 cuentas corrientes bancarias sancionadas que representa un aumento del 20,97 % respecto a igual período del año anterior, en el que eran 930 la totalidad de las cuentas sancionadas.

De las 1.125 cuentas sancionadas (febrero 2023 – enero 2024), 282 fueron cuentas clausuradas. Esta cifra representa un aumento del 35,58 % respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 208. Las cuentas suspendidas (febrero 2023 – enero 2024) fueron 843. Esta cifra representa un aumento del 16,76 % respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 722.

Aspectos normativos.

Las posibles sanciones a las cuentas corrientes bancarias son las establecidas en la Ley 14.412, el Decreto 730/975 y en la Recopilación de Normas del BCU.

Los infractores que pueden ser sancionados son los firmantes del cheque, así como los titulares de la cuenta, sean estos una persona o una empresa.

La suspensión de las cuentas corrientes bancarias es por seis meses y la realiza cada Banco, cuando luego de 5 días en que notificó el rechazo del pago de algún cheque por falta de fondos, no hubiera recibido acreditación de que este fuera pago.

La clausura de las cuentas corrientes bancarias puede ser por 1 o 2 años y es realizada por el Banco Central del Uruguay en los casos en que se den los motivos de suspensión en más de un Banco o se libraran cheques contra cuentas ya sancionadas.

Los efectos de las sanciones son el no pago de los cheques emitidos luego de la notificación de la sanción y la inhabilitación para librar cheques o mantener cuentas en el Banco (para las suspendidas) o en todo el Sistema Financiero (para el caso de las clausuradas).-

Tel. +598 2908 1636* / Fax. +598 2902 2857 / lideco@lideco.com
Julio Herrera y Obes 1413