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Registro de Incumplimientos Comerciales en la redlideco.


Un recurso colectivo para decidir con información, prevenir riesgos y potenciar negocios.

Hace parte esencial de nuestros cometidos estatutarios promover la consulta y el aporte de información comercial para transparentar el funcionamiento del mercado y contribuir con un interés colectivo clave para el comercio: reducir las probabilidades de que las empresas se vean afectadas en su buena fe a causa del incumplimiento comercial.

Los incumplimientos quedan comprendidos dentro de la categoría de “datos negativos”, cuya necesidad de consulta nadie discute cuando de prevenir riesgo se trata.

La consulta de información y el aporte de información son dos caras de una misma moneda, dos acciones que se vehiculizan a través de la estructura y el soporte que nuestra gremial ofrece a través de la redlideco.

La redlideco, conjuga la posibilidad de que mediante el aporte colectivo de datos, el colectivo de empresas afiliadas a nuestra gremial pueda, proactivamente, ejercer su derechoa tomar decisiones informadas y nutrir su proceso de toma de decisiones de negocios con datos valiosos tanto a efectos de prevenir el riesgo de crédito como de identificar oportunidades de negocios.

Esa es la dinámica de reciprocidad y altruismo consciente de la interconexión entre empresas, con la cual se construye el Registro de Incumplimientos comerciales de LIDECO: las empresas socias aportan datos de mora para alertar al mercado respecto a la existencia de obligaciones de pago fallidas, permitiendo a otras empresas tomar recaudos y reducir las posibilidades de verse afectados por la falta de pago.

Previo a efectuar registros es preciso firmar por única vez el Protocolo que responde a lo establecido en la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales. A partir de ello, las empresas asociadas están habilitadas para incluir (sin costo alguno) las cuentas morosas en el Registro, lo cual puede acompañarse o no por la solicitud de representación de LIDECO para el cobro de las cuentas. Cabe señalar que puede existir registro sin que se solicite a LIDECO la gestión de cobro, pero no puede existir gestión de cobro sin el registro de la cuenta morosa en nuestra base de datos.

El Registro de Incumplimientos que alimenta la redlideco es un recurso que invita a las empresas a adoptar la sana costumbre de verificar los antecedentes comerciales de las empresas con las que van a hacer negocios, con una mirada que trasciende la perspectiva de la relación unívoca empresa – cliente para alcanzar la perspectiva de mercado que amplía la mirada de la propia experiencia con el cliente. Esa verificación permite tambien seleccionar prospectos e identificar empresas con las cuales puede ampliarse el potencial para hacer negocios. La prevención del riesgo va de la mano de la posibilidad de acrecentar las ventas y la rentabilidad de las organizaciones. 

Es así que, tanto más rica será esa perspectiva de mercado cuanto más empresas vuelquen los datos de morosidad en el Registro de Incumplimientos. Importa considerar que la calidad de la información de morosidad es proporcional a la proximidad temporal que exista entre la fecha de registro del incumplimiento y la fecha de vencimiento de la obligación. El impacto persuasivo que tenga el registro para motivar la cancelación de la deuda, así como las posibilidades de cobro cuando se encomienda a LIDECO la gestión, también aumenta con la proximidad de las fechas antes señaladas.

El llamado a contribuir con la calidad de la información está vigente desde 1915 y plasmado en el literal d) del artículo 3° de nuestros Estatutos Sociales, cuando se establece que “Dentro de los fines generales declarados, la institución procurará en particular: ….d) “Prestigiar las ventajas de la información comercial a base de la mayor buena fe y sinceridad, como recurso preventivo a favor del saneamiento comercial, creando y manteniendo al efecto un registro de firmas comerciales e industriales en la forma más completa y ordenada. Los asociados deberán facilitar, en todo lo posible, los datos que se le requieran con tal objeto”.

La defensa de los intereses colectivos depende de que la conciencia colectiva mueva voluntades para promover beneficios en términos de transparencia del mercado. La transparencia del mercado que deviene de esa conciencia colectiva afecta la posibilidad de que las empresas ejerzan su derecho a decidir con información.-

(Artículo publicado en la Revista Institucional 176, pág. 6)

 

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