Compartimos datos concursales del primer semestre de 2024 comparado a igual período de 2023. Compartimos evolución de cuentas bancarias sancionadas de junio 2023 a mayo 2024.
Evolución de las cuentas corrientes bancarias sancionadas. Período junio 2023 a mayo 2024.
El último dato disponible es el de junio 2023 - mayo 2024, donde las cuentas sancionadas llegan a 1.155, cifra que representa un aumento del 13,46% respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 1.018 cuentas sancionadas en total.
De las 1.155, 858 fueron cuentas suspendidas. Las cuentas suspendidas registraron un aumento del 9,58% respecto a igual período del año anterior, en el que se contabilizaron 783. Las cuentas clausuradas fueron 297, las cuales aumentaron un 26,38% con relación a igual período del año anterior, en el que se registraron 235.
Las posibles sanciones a las cuentas corrientes bancarias son las establecidas en la Ley 14.412, el Decreto 730/975 y en la Recopilación de Normas del BCU. Los infractores que pueden sancionarse son los firmantes del cheque, así como los titulares de la cuenta, sean estos una persona o una empresa.
La suspensión de las cuentas corrientes bancarias es por seis meses y la realiza cada Banco, cuando luego de 5 días en que notificó el rechazo del pago de algún cheque por falta de fondos, no hubiera recibido acreditación de que este fuera pago. La clausura de las cuentas corrientes bancarias puede ser por 1 o 2 años y es realizada por el Banco Central del Uruguay en los casos en que se den los motivos de suspensión en más de un Banco o se libraran cheques contra cuentas ya sancionadas.
Los efectos de las sanciones son el no pago de los cheques emitidos luego de la notificación de la sanción y la inhabilitación para librar cheques o mantener cuentas en el Banco (para las suspendidas) o en todo el Sistema Financiero (para el caso de las clausuradas).-