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Aumenta la cantidad de cuentas corrientes bancarias suspendidas y clausuradas.


Compartimos la evolución de las cantidades de cuentas corrientes bancarias sancionadas.

Las cuentas corrientes bancarias sancionadas, muestran un aumento en 2023 con relación a 2022, tal como se desprende de la comparación de los últimos 12 meses acumulados a noviembre que se observa en los gráficos.

El último dato disponible es el de diciembre 2022 – noviembre 2023, período en el que las cuentas sancionadas llegan a 1.067. Esta cifra representa una aumento de un 23,07% respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 867 cuentas sancionadas en total.

De las 1.067 cuentas del período diciembre 2022 – noviembre 2023, 257 fueron las cuentas clausuradas. Esta cifra representa un aumento del 39,67 % respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 184. Las cuentas suspendidas fueron 810. Esta cifra representa un aumento del 18,59 % respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 683.

Las posibles sanciones a las cuentas corrientes bancarias son las establecidas en la Ley 14.412, el Decreto 730/975 y en la Recopilación de Normas del BCU. Los infractores que pueden sancionarse son los firmantes del cheque, así como los titulares de la cuenta, sean estos una persona o una empresa.

La suspensión de las cuentas corrientes bancarias es por seis meses y la realiza cada Banco cuando luego de 5 días en que notificó el rechazo del pago de algún cheque por falta de fondos, no hubiera recibido acreditación de que este fuera pago.

La clausura de las cuentas corrientes bancarias puede ser por 1 o 2 años y es realizada por el Banco Central del Uruguay en los casos en que se den los motivos de suspensión en más de un Banco o se libraran cheques contra cuentas ya sancionadas.

Los efectos de las sanciones son el no pago de los cheques emitidos luego de la notificación de la sanción y la inhabilitación para librar cheques o mantener cuentas en el Banco (para las suspendidas) o en todo el Sistema Financiero (para el caso de las clausuradas).-

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