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Evolución de las solicitudes de concurso de acreedores y de las sanciones a cuentas corrientes bancarias.


Se constata descenso en la cantidad de solicitudes de concurso de acreedores y en la cantidad de cuentas corrientes bancarias sancionadas.

Evolución de solicitudes de concurso de acreedores.

La comparación del comportamiento de los asuntos concursales toma el período enero - diciembre de cada año considerado.

Los datos muestran que la cantidad de solicitudes de concurso de acreedores viene disminuyendo desde 2017, año que con 121 concursos, pautó una cifra récord en la cantidad de presentaciones concursales desde que está vigente la nueva ley, e incluso desde la crisis del 2002.

 

Desde enero a diciembre de 2021 se les ha solicitado el concurso de acreedores a 53 entidades con actividad económica. De estos, 23 fueron concursos voluntarios (es decir presentados por el propio deudor concursado) y 30 fueron concursos necesarios (es decir, solicitados por un tercero legitimado). Entre enero y diciembre de 2020, se solicitó el concurso de 71 entidades económicas: 45 fueron concursos voluntarios (presentados por el propio deudor concursado) y 26 fueron concursos necesarios (solicitados por un tercero legitimado). Comparando los períodos enero – diciembre de 2020 y 2021, se observa en 2021 una disminución de un 25,35% en las solicitudes de concurso de acreedores, con respecto al mismo período del año anterior.

En cuanto a la relación entre concursos necesarios y voluntarios se constata una tendencia al alza en la proporción de los primeros en relación con los segundos, ya que los concursos necesarios se mantienen estables durante el período analizado y los que disminuyen son las solicitudes de concursos voluntarios.

Link a Observatorio:   Observatorio LIDECO Concursos

 

Evolución de cuentas corrientes bancarias sancionadas.

La comparación del comportamiento de las cuentas corientas bancarias sancionadas toma el período diciembre - noviembre de cada año considerado.

Los datos también en este caso muestran un descenso, tal como se observa en la comparación de los últimos 12 meses acumulados a noviembre, en 2020 y 2021.

 

El último dato disponible es el de diciembre 2020 - noviembre 2021, donde las cuentas sancionadas llegan a 729, cifra que representa una caída de un 50,61 % respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 1.476 cuentas sancionadas en total. De las 729, 526 fueron las cuentas suspendidas (que disminuyeron un 52,36% respecto a igual período del año anterior, en el que se registraron 1.104) y 203 las clausuradas (que cayeron un 45,43 % respecto a igual período del año anerior en el que se registraron 372).

Las posibles sanciones a las cuentas corrientes bancarias, son las establecidas en la Ley 14.412, el Decreto 730/975 y en la Recopilación de Normas del BCU.

Los infractores que pueden ser sancionados son los firmantes del cheque, así como los titulares de la cuenta, sean estos una persona o una empresa. La suspensión de las cuentas corrientes bancarias, es por seis meses y la realiza cada Banco, cuando luego de 5 días en que notificó el rechazo del pago de algún cheque por falta de fondos, no hubiera recibido acreditación de que este fuera pago. La clausura de las cuentas corrientes bancarias, puede ser por 1 o 2 años y es realizada por el Banco Central del Uruguay en los casos en que se den los motivos de suspensión en más de un Banco o se libraran cheques contra cuentas ya sancionadas.

Los efectos de las sanciones son el no pago de los cheques emitidos luego de la notificación de la sanción y la inhabilitación para librar cheques o mantener cuentas en el Banco (para las suspendidas) o en todo el Sistema Financiero (para el caso de las clausuradas).-

Link a Observatorio: Observatorio LIDECO Cuentas Corrientes

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