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LIDECO ofrece soluciones para Acreedores y Deudores en el actual escenario de crisis


Las consecuencias de pandemia del COVID-19 que azota al mundo se están haciendo sentir en nuestro país afectando a empresas grandes, medianas y pequeñas.

En defensa de la actividad comercial en el actual contexto de crisis, LIDECO pone al alcance del empresariado alternativas que aportan soluciones mediante herramientas jurídicas actuales, tanto para acreedores como para deudores que necesitan un reperfilamiento de su deuda.

A) Soluciones para Acreedores de empresas en crisis

Los servicios que ponemos a disposición del empresariado acreedor de una empresa en crisis, pueden prestarse en forma independiente o complementaria: gestión de cobranza, mediación y grupos sectoriales.

1. Gestión de Cobranzas de cuentas morosas.

Desde su origen nuestra Institución dispone de un Sector de Cobranzas, cuya labor, en la actual situación de Feria Judicial Sanitaria, queda limitada a gestiones extrajudiciales. Al regreso de la actividad judicial normal, la gestión de cobranza es un camino adecuado para el recupero de los créditos, siendo en algunos casos la mejor vía a tales efectos.

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2. Mediación gestionada por el Centro de Mediación y Arbitraje de LIDECO.

La mediación que se presta a través del servicio del Centro de Mediación y Arbitraje de LIDECO (CMyA LIDECO), permite que, mediante un proceso voluntario, dos o más partes involucradas en un conflicto trabajen con un profesional imparcial (el mediador), para generar sus propias soluciones con el fin de resolver los diferendos de forma satisfactoria para todos.

El mecanismo presenta una serie de ventajas:

  • Evita que las partes deban reunirse en el marco de un juzgado para resolver sus diferencias.
  • Permite incluso reuniones virtuales, aprovechando los medios tecnológicos existentes, lo cual es de gran utilidad hoy día.
  • El resultado, aporta una solución extrajudicial que tiene garantías y certezas para todos los involucrados.
  • Los costos son acotados y previsibles, pues se conocen con anterioridad al inicio del proceso, de modo que no hay cargos o gastos sorpresivos para ninguna de las partes.

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3. Grupos Sectoriales de Información.

Existen algunos Grupos Sectoriales de Información que han venido funcionando en la órbita de LIDECO con particular suceso, en función de lo cual se trabaja para sumar a esta experiencia a distintos ramos de actividad.

A partir de los Grupos Sectoriales de Información, que entre otros fines analizan la situación de los deudores, se detectan situaciones de endeudamiento y dificultad de cobro que afecta a diversas empresas del sector.

En función de ello, se convoca al deudor en instancias donde LIDECO como vocero de sus agremiados y a efectos preventivos transmite la inquietud de éstos, en el afán de lograr que deudor y acreedores lleguen a fórmulas de acercamiento del tipo “ganar - ganar”, que preserven la continuidad de las relaciones comerciales y de la dinámica del sector.

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B) Soluciones para Deudores que necesitan un reperfilamiento de su deuda

El Sector Jurídico de LIDECO se ha especializado en el reperfilamiento y reestructuración de deuda. En función de ello, puede brindar a los deudores que así lo requieran, un adecuado y personalizado asesoramiento que permita tomar las mejores decisiones a efectos de preservar un emprendimiento viable o liquidar ordenadamente uno que no lo sea.

En estas situaciones de dificultad, lo indicado es analizar caso a caso, pues no hay soluciones a priori aplicables para todos. De ahí que, en algunos casos puede resultar adecuado seguir los pasos para la celebración de un Acuerdo Privado de Reorganización y en otros puede no ser lo mejor.

El Acuerdo Privado de Reorganización (APR), es una herramienta jurídica que, regulada por la Ley 18.387, si bien no es muy utilizada en nuestro país, resulta adecuada para resolver muchos de estos problemas. Consiste en un acuerdo especial, revestido de determinadas formalidades, celebrado entre un deudor y sus acreedores a efectos de evitar la declaración judicial de concurso del primero.

¿Quién pueden celebrar un APR? Cualquier deudor persona física que realice actividad empresaria, o persona jurídica civil o comercial, con la única limitación que no pueden tener decretado su concurso.

¿Qué contenido válido puede tener el APR? El contenido del APR puede consistir en “quitas y/o esperas, cesión de bienes a los acreedores, constitución de una sociedad con los acreedores quirografarios, capitalización de pasivos, creación de un fideicomiso, reorganización de la sociedad, administración de todo o parte de los bienes en interés de los acreedores o tener cualquier otro contenido lícito, incluso el previsto en el numeral 2 del artículo 174 de la presente ley, o cualquier combinación de las anteriores”.

Como se aprecia, el objeto de la propuesta es amplio, y no contiene mayores limitaciones. Pero además el APR no exige un pago mínimo de las obligaciones adeudadas, por lo que el monto de la quita y el plazo será determinado por el acuerdo que eventualmente logre el deudor con sus acreedores, o con parte de ellos.

En el marco de un APR, Liga de Defensa Comercial solicita al deudor demuestre con un flujo de fondos y con supuestos razonables, que la propuesta de pago que plantea es la mejor que puede hacer y que tiene posibilidades de cumplimiento de la misma.

¿Cuál es el trámite de un APR? El deudor tiene la opción de seguir el procedimiento puramente privado de instrumentación del acuerdo solicitando la intervención de un escribano público, o bien solicitar la homologación ante la justicia. En esos trámites, pueden producirse variaciones, según se produzcan o no oposiciones por parte de acreedores.

¿Qué se puede hacer si no es posible un APR? Distintas razones podrían hacer que no fuera posible celebrar un APR: particularidades de determinados sectores de actividad o modalidades de contratación de un deudor, podrían determinar la no conveniencia de celebrar un APR en función de que el mismo generaría efectos nocivos para la empresa. Tales casos requieren conocer y evaluar en profundidad la situación, para arribar a la mejor solución.

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