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2.114 cuentas corrientes fueron sancionadas en el año cerrado a marzo de 2017


En el año acumulado desde abril de 2016 a marzo de 2017, las cuentas suspendidas fueron 1.581 y las clausuradas 533

Las 1.581 suspensiones y 533 clausuras de cuentas corrientes bancarias, representaron, con respecto al año anterior, un aumento de un 4,49 % en la cantidad de cuentas corrientes suspendidas, un 0,95 % en las cuentas clausuradas y un 3,58 % en el total de cuentas sancionadas.

Desde setiembre de 2015, la cantidad de cuentas corrientes bancarias sancionadas con suspensión o clausura no ha bajado de las 2.000 cuentas en la medición de los últimos 12 meses, según los registros que lleva Liga de Defensa Comercial (LIDECO) en base a la información proporcionada por el Banco Central del Uruguay. Parecería que luego de un largo tiempo en crecimiento, la cantidad de sanciones anuales se ha estabilizado desde esa fecha en un promedio de 2.060 cuentas corrientes. Lo anterior se observa en el siguiente gráfico:


La suspensión de cuentas corrientes bancarias es una sanción que se extiende durante seis meses y es impuesta por cada Banco, cuando luego de 5 días en que notificó el rechazo del pago de algún cheque por falta de fondos, no hubiera recibido acreditación de que el mismo haya sido pago.


La sanción de clausura de las cuentas corrientes bancarias puede extenderse de uno a dos años, y es impuesta por el Banco Central del Uruguay en los casos en que se den los motivos de suspensión en más de un Banco o se libraran cheques contra cuentas ya sancionadas.


Los efectos de las sanciones son el no pago de los cheques emitidos luego de la notificación de la sanción y la inhabilitación para librar cheques o mantener cuentas en el Banco (para las suspendidas) o en todo el Sistema Financiero (para el caso de las clausuradas).-

 

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