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LIDECO 41 / Evolución cuentas corrientes bancarias sancionadas


A continuación se muestra la evolución de los números en materia de cuentas corrientes bancarias sancionadas (esto es, suspendidas y clausuradas), donde se comparan los últimos 12 meses acumulados al mes de agosto.

Los datos de LIDECO, tomados de información proporcionada por el Banco Central del Uruguay, evidencian un aumento del 5,96% en la totalidad de las cuentas bancarias sancionadas. Las cuentas suspendidas aumentaron un 4,24% y las clausuradas un 11,18%.

Fecha
Cuentas corrientes
suspendidas
Cuentas corrientes
clausuradas
Totales
Agosto 2015 1.439 474 1.913
Agosto 2016 1.500 527 2.027
Variación interanual
a agosto 2016
4,24% 11,18% 5,96%

Fuente: Liga de Defensa Comercial en base a datos aportados por el BCU.


Recordamos que, según la Ley 14.412, la sanción que se aplica al titular de una cuenta corriente bancaria, sea persona física o jurídica, ocurre bajo dos circunstancias:

1. Cuando no acredita el pago de un cheque dentro de 5 días hábiles siguientes a haber sido notificado por el Banco respecto a la devolución de un cheque por falta de fondos  y

2. Cuando libra un cheque de una cuenta ya sancionada.

¿Cuáles son las posibles sanciones?

1. la suspensión por 6 meses de todas las cuentas en el banco girado

2. la clausura por 1 o 2 años de todas las cuentas en el sistema bancario.


La sanción de una cuenta implica para el mercado, que los cheques emitidos con posterioridad a la notificación de la sanción no pueden ser pagos por el banco.

¿Cómo pueden nuestros asociados tener noticia de la existencia de cuentas corrientes bancarias sancionadas?

Nuestros asociados pueden acceder a la noticia de las cuentas corrientes sancionadas de su cartera de clientes, en tiempo real (esto es, el socio accede al dato en la misma fecha en que LIDECO toma conocimiento del mismo), a través del Servicio de Alerta al Socio (SAS).


El SAS opera de forma muy sencilla: el socio envía un xls con los RUT o CI que desea monitorear, y una vez ingresados a nuestro sistema, se envían a la empresa alertas por correo electrónico cada vez que relacionado a alguno de esos RUT o CI ingrese un dato relativo de cuentas corrientes bancarias sancionadas. Cabe señalar que el SAS no se reduce a esta información, sino que comprende además la noticia de la ocurrencia de asuntos concursales, incumplimientos comerciales y datos de diario oficial.

Señalamos que, con respecto a los asuntos concursales, las alertas no se envían solamente respecto a la lista de RUT o CI remitida por el socio, sino de toda la plaza comercial, acorde a los datos a los que accede LIDECO (anotamos que la noticia de los asuntos concursales del interior puede presentar alguna dilación en cuanto a nuestra toma de conocimiento).

Tal como se mencionara en la Conferencia de "Declaración de concurso: impacto sobre deudor y acreedor", que tuvo lugar en la mañana de hoy en Sofitel, la noticia de que una empresa está en concurso es de vital importancia para el acreedor, dado que para poder hacer efectivo el cobro de lo que se le adeuda, éste debe proceder al proceso de verificación de créditos en los plazos y condiciones que estipula la Ley de Concursos. El evento, colmado de público, recorrió diversos temas de importancia sobre la materia: las responsabilidades de los administradores de una persona jurídica en concurso, las posibilidades de cobro, el rol de los acreedores y la consideración de las garantías, amén de evacuar interesantes y cuantiosas preguntas planteadas por los presentes. Las exposiciones estuvieron a cargo del Dr. Eugenio Xavier de Mello, Presidente del Colegio de Abogados, el Dr. Carlos López, Presidente del Colegio de Síndicos e Interventores, el Dr. Daniel Martínez Vigil, integrante del Sector Jurídico de LIDECO, y el Dr. Fernando Cabrera, Responsable del Sector Jurídico de LIDECO.

Recordamos a nuestros asociados que, la consulta de información comercial y el asesoramiento jurídico en materia de la documentación y garantías para el respaldo de los créditos es fundamental para prevenir el riesgo de crédito. Es responsabilidad del empresario conocer a la contraparte con la que pretende realizar negocios, el mercado en el que está inserta, su condición financiera, su reputación, etc. Construir y sostener una red de información comercial es responsabilidad de todos. Hacer un adecuado manejo de los documentos comerciales, contratos y demás respaldos de las operaciones, requiere de un asesoramiento adecuado. LIDECO pone a disposición de sus asociados su infraestructura informativa y jurídica a efectos de lo anterior.

Por información sobre el SAS o para recibir asesoramiento respecto a la información disponible en nuestra base de datos, comunicarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o al 2908 16 36 internos 236, 240 y 248. Por consultas e información de nuestros servicios jurídicos pueden dirigirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Muchas gracias.-

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