A continuación se muestra la evolución de los números en materia de cuentas corrientes bancarias sancionadas y de asuntos concursales.
En materia de cuentas corrientes bancarias se comparan los últimos 12 meses acumulados a cada fecha
En lo que respecta a las cuentas corrientes bancarias sancionadas, los datos de LIDECO en base a información proporcionada por el Banco Central del Uruguay, evidencian un aumento del 20,08% en la totalidad de las cuentas bancarias sancionadas. Las cuentas suspendidas aumentaron un 19,62% y las clausuradas un 21,44%.
Cuentas corrientes suspendidas Cuentas corrientes clausuradas Totales
Fuente: Liga de Defensa Comercial en base a datos recabados en el Poder Judicial
Período | Suspensiones | Clausuras | Totales |
Últimos 12 meses a mayo 2016 | 1.561 | 538 | 2.099 |
Últimos 12 meses a mayo 2015 | 1.305 | 443 | 1.748 |
Variación en porcentaje con respecto al año anterior | 19,62% | 21,44% | 20,08% |
¿Cuándo es que una cuenta corriente bancaria puede ser sancionada? Acorde a la ley 14.412, las sanciones se aplican al titular de una cuenta corriente bancaria, sea empresa o sea persona física, cuando: 1. No acredita el pago de un cheque dentro de 5 días hábiles siguientes a haber sido notificado por el Banco respecto a la devolución de un cheque por falta de fondos 2. Libra un cheque de una cuenta ya sancionada
Las posibles sanciones son:
1. la suspensión por 6 meses de todas las cuentas en el banco girado
2. la clausura por 1 o 2 años de todas las cuentas en el sistema bancario.
La principal consecuencia que estos hechos tienen para la plaza comercial, refiere a que los cheques emitidos con posterioridad a la notificación de la sanción no pueden ser pagos por el banco.
Los asuntos concursales se comparan de enero a junio en cada año. Las cifras son las siguientes:
Fuente: Liga de Defensa Comercial en base a datos recabados en el Poder Judicial
Tipo de concurso |
Cantidad 2015 |
Cantidad 2016 |
Necesario | 15 | 6 |
Voluntario | 28 | 25 |
Totales | 43 | 31 |
La variación en porcentaje respecto a 2015 es de - 27,9%.
Nuestros asociados pueden acceder a la noticia de las cuentas corrientes sancionadas de su cartera de clientes, así como a la noticia de las presentaciones concursales, en tiempo real (ingresa el dato a LIDECO, lo conoce el socio), solicitando el Servicio de Alerta al Socio (SAS).
El SAS opera de forma muy sencilla: el socio envía un xls con los RUT o CI que desea monitorear, y una vez ingresados a nuestro sistema, se envían a la empresa alertas por correo electrónico cada vez que de alguno de esos RUT o CI ingrese un dato relativo no solo a cuentas corrientes sancionadas o a asuntos concursales, sino también a incumplimientos comerciales y datos de diario oficial. Con respecto a los asuntos concursales, las alertas no se envían solamente en relación a la lista de RUT o CI remitida por el socio, sino de toda la plaza comercial, acorde a los datos a los que accede LIDECO (anotamos que la noticia de los asuntos concursales del interior puede presentar alguna dilación en cuanto a nuestra toma de conocimiento).
Por información sobre el SAS o para recibir asesoramiento respecto a la información disponible en nuestra base de datos, comunicarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o al 2908 16 36 internos 236, 240 y 248.