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Nº 12 / Empresas obligadas y empresas convencidas: plazos para regularizar el registro de Estados Contables en la AIN


En el comunicado número 9 hablábamos de las ventajas de prestigiar la información comercial y del constante esfuerzo que LIDECO desarrolla en tal sentido, desde que fue fundada en 1915. Uno de los resultados obtenidos fue la obligatoriedad de la registración de los estados contables.

24 de marzo de 2010

En el comunicado número 9 hablábamos de las ventajas de prestigiar la información comercial y del constante esfuerzo que LIDECO desarrolla en tal sentido, desde que fue fundada en 1915. Uno de los resultados obtenidos fue la obligatoriedad de la registración de los estados contables. El art 61 de la ley 17.243 (29 de junio de 2000), agrega a la ley 16.060 el art. 97, el cual establece que “las sociedades, cualquiera sea su forma, cuyos activos totales al cierre de cada ejercicio anual superen las 30.000 UR (treinta mil unidades reajustables) o que registren ingresos operativos netos durante el mismo período que superen las 100.000 UR (cien mil unidades reajustables), deberán registrar ante el órgano estatal de control sus estados contables dentro de los ciento ochenta días siguientes a la finalización de su ejercicio económico” … “La sociedad no podrá distribuir utilidades resultantes de la gestión social sin que previamente haya registrado los estados contables correspondientes al último ejercicio cerrado. El órgano estatal de control, en caso de infracción a las prohibiciones precedentes, aplicará las sanciones que disponga la reglamentación…”.

La AIN, en función de la coordinación entre organismos del Estado, dispone de los datos que la DGI le ha proporcionado respecto a los estados contables de las sociedades que, obligadas por la ley, no han cumplido con la registración de aquellos. Ya empezaron a correr los plazos para que las empresas en falta regularicen su situación respecto a los balances correspondientes a los ejercicios cerrados entre el 31/12/08 y 31/08/09:

RUT (último dígito) Fecha de inicio del plazo Fecha de finalización del plazo
0 - 1    02.03.2010 15.03.2010
2 - 3 16.03.2010  05.04.2010 
4 - 5  06.04.2010 20.04.2010  
6 - 7   21.04.2010 04.05.2010
8 - 9  05.05.2010 19.05.2010

Más allá de estos detalles prácticos, y por supuesto más allá del apelo a cumplir con las normativas establecidas, el llamado de LIDECO es y siempre ha sido a favor del acceso a la información comercial útil para la toma de decisiones en condiciones de seguridad y transparencia. Aún es mucho lo que hay que trabajar en pos del desarrollo de la cultura de información en materia de negocios. No obstante, han sido muchos los logros alcanzados. De hecho, hay muchas empresas que cumplen con la obligación de registrar balances en la AIN, o bien los aportan voluntariamente a LIDECO. Ello nos ha permitido construir nuestra :centraldebalances, la mayor fuente estadística de datos relativa a estados contables de la cual se dispone en el país, que sistematiza la información contable en 23 indicadores agrupados en siete categorías (estructura de financiamiento, cobertura financiera, costo financiero, análisis patrimonial, rentabilidad, márgenes y eficiencia), desde tres ámbitos diferentes: el de la empresa tomada individualmente, el de la comparación entre empresas y el de la comparación entre una empresa y su sector de actividad.

Sin duda desearíamos que la :centraldebalances tuviera todos los balances que debiendo estar registrados en la AIN, no lo están. Reflexionemos en el mundo empresarial respecto a nuestras exigencias y nuestra correlativa disponibilidad a la hora de brindar para otros lo mismo que exigimos para nosotros. No hay empresario que no esté interesado en acceder a los estados contables de las empresas con las que hace negocios. El punto está en que muchos no se han persuadido de la necesaria y conveniente reciprocidad que debe regir en materia comercial para la construcción y mantenimiento de una plaza segura, en la que sea posible prevenir sucesos indeseados. La calidad de la información se construye entre todos cuando hay convicciones claras, más allá de las normas que claro está, siempre son necesarias.-
 

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