Más allá de la necesidad de atender la calidad de nuestros procesos de toma de decisiones, así como al calidad de la información con que los mismos se nutren, el dilema que frecuentemente se plantea respecto a derechos y obligaciones en cuanto a la divulgación y uso de información comercial empresarial, merece que periódicamente realicemos una revisión de los fundamentos éticos relativos al tema.
26 de enero de 2011
Más allá de la necesidad de atender la calidad de nuestros procesos de toma de decisiones, así como al calidad de la información con que los mismos se nutren, el dilema que frecuentemente se plantea respecto a derechos y obligaciones en cuanto a la divulgación y uso de información comercial empresarial, merece que periódicamente realicemos una revisión de los fundamentos éticos relativos al tema.
Partimos de una premisa: todos somos sujetos de igual consideración y respeto, y la realidad de todos debe ser tomada como fin en sí misma, y nunca como medio.
De ello se desprendería un primer mandato ético: la obligación de no hacer con los demás sino aquello que surge del mutuo acuerdo. Esto, porque todos somos libres de tomar nuestras propias decisiones, siempre que de ellas no se deriven consecuencias para terceros, los cuales, siendo también sujetos de decisión autónoma, deberían ser consultados respecto a los actos cuyas consecuencias podrían afectarles disminuyendo su estado de bien.
En un orden de obligatoriedad, todas las personas, cualquiera sea el ámbito en que ejerzamos nuestra profesión o simplemente nuestra humanidad, debemos procurar:
- primero, no dañar (es decir, no reducir o afectar negativamente el estado de bien de otro sujeto de derecho),
- segundo, reducir el daño si éste se concretara por alguna causa intencional o no y
- en tercer lugar, promover activamente el bien, esto es, propender a mejorar el estado de bien de los demás o de la sociedad.
Planteado en un nivel de altruismo creciente, lo anterior, en materia de acceso uso y difusión de información, significa que la información comercial empresarial es un componente de las relaciones comerciales de cuyo conocimiento o desconocimiento nunca se podría desprender un daño ni para individuos ni para la sociedad.
Esto involucra y limita el derecho a la privacidad, pues si existe información que por ocultarse, pudiera derivar en que un tercero tomara decisiones perjudiciales a sí mismo o incluso a un grupo de pares, entonces, el derecho a la privacidad debe subordinarse:
- al derecho de los demás a tomar decisiones autónomas (es decir, en base a información veraz y suficiente),
- al derecho de la sociedad de aspirar al bien común, y
- a la obligación primera de no dañar.
Lo importante en la discusión de los dilemas éticos, es tener en cuenta que la Ética en tanto saber filosófico, busca, mediante un cuerpo sistemático y coherente de valores, principios y normas, ordenar la convivencia en aras al bien común y a eliminar la arbitrariedad en las relaciones humanas, sea en el ámbito que sea en que éstas se den.
De ahí que para todos los actos es necesario dar razón ética, esto es, sopesar las consecuencias de bien o de mal que se derivan de ellos a la luz de los valores clave, de los principios éticos fundamentales (autonomía, beneficencia y bien común) y de las normas que se subordinan a los valores y a los principios.
Por supuesto, el otro paso es concretar estas reflexiones en la práctica. Los seres humanos somos siempre perfectibles en ese sentido, por aquello de que no somos perfectos. Pero tenemos la capacidad de aprender y perfeccionar nuestro sistema de relaciones humanas y comerciales. Parte de la misión institucional y razón de ser de LIDECO es contribuir a ello.