Como es de público conocimiento, no todas las empresas del país están obligadas a registrar balances en la AIN. Asimismo, no todas las empresas obligadas a registrar sus Estados Contables cumplen con esa obligación.
Como es de público conocimiento, no todas las empresas del país están obligadas a registrar balances en la AIN.
Asimismo, no todas las empresas obligadas a registrar sus Estados Contables cumplen con esa obligación. Aparentemente eso podría solucionarse si se efectivizan las sanciones previstas por ley, y si se aprueba el artículo 270 del Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas del ejercicio 2011, en sustitución del artículo 80 del Título 1 del Texto Ordenado de 1996, establece que la DGI está habilitada para suspender la vigencia de los Certificados Únicos anuales que ya hubiera expedido, cuando la empresa no hubiera cumplido con la obligación de registrar sus estados contables ante la Auditoría Interna de la Nación.
El punto es que, en tanto y en cuanto las empresas registren sus Estados Contables “a voluntad”, es literalmente IMPOSIBLE que en nuestra Central de Balances podamos contar con todos los estados contables que supuestamente deberíamos poder contar. Esto, más allá de que muchas empresas nos aportan sus balances por motu propio merced a nuestras gestiones de captura de información.
Además, la normativa vigente prevé un período de 180 días a partir del cierre del ejercicio para que las empresas obligadas, registren sus balances en la AIN.
Lo que esto nos permite afirmar es que aún siendo positiva la disposición de todas las empresas, los estados contables se presentarían con un desfasaje máximo de 180 días luego de cerrados los ejercicios de cada empresa.
Por estas razones es que cuando se realiza una búsqueda en la Central de Balances es posible que no se encuentren balances:
a) porque la empresa no está obligada a registrarlo
b) porque la empresa está obligada pero no lo registra
c) porque la empresa lo registra pero está dentro del plazo de los 180 días a partir del cierre del ejercicio que tiene para registrarlo.
De ahí que LIDECO esté permanentemente chequeando el ingreso de balances a la AIN, a efectos de captarlos a medida que se van presentando en tal organismo.
Lo que sugerimos al asociado es que, ante la ausencia de un balance requerido, comuniquen aEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. que el mismo no ha sido encontrado en la base de datos, a efectos de que podamos corroborar si el mismo ha sido presentado en la AIN al momento de ser requerido por el asociado.
Que lo ideal sería tener todos los estados contables, es cierto. Pero el asociado comprenderá que por las razones arriba expuestas, ello no es posible. No como están las cosas en el momento actual.
Lo que sí es posible es que el socio nos manifieste su interés en poder acceder a determinados estados contables, para que nosotros podamos chequear puntualmente, por diversas vías, si es posible acceder a esos datos. Tenemos en plaza más de 125.000 empresas. El Estado no tiene todos los balances de las 125.000 empresas, es imposible que LIDECO los tenga. LIDECO puede sí, procurarlos a pedido del asociado.
De la misma forma, si el socio nos realiza una solicitud a medida de datos de la Central de Balances (por ejemplo, solicita los balances de empresas que facturen entre x y x y tengan un nivel de endeudamiento de x), podemos efectuar ese procesamiento con los estados contables ingresados a la fecha, o bien procurando al momento de la solicitud, efectuar una captura de balances que enriquezca la información.
Debido a todos los factores arriba planteados es que, la información de nuestra Central de Balances es dinámica: exige que permanentemente se están ingresando balances y se esté monitoreando el acopio de Estados Contables que realiza la AIN merced a los plazos y a las voluntades de empresas que se vayan sumando a cumplir con lo dispuesto en la norma.
Las empresas obligadas a registrar sus estados contables son “todas las sociedades, cualquiera sea su forma, cuyos activos totales al cierre del ejercicio anual superen las U.R. 30.000 (treinta mil unidades reajustables), o que registren ingresos operativos netos en igual período, que superen las U.R. 100.000 (cien mil unidades reajustables)”.
Cabe plantear como reflexión final, el tema de la reciprocidad. Todas las empresas consideran importante la información de los estados contables y de hecho en el mundo la tendencia es a valorar más ese tipo de información que la que se deriva de los antecedentes negativos. Muchas de esas empresas interesadas en ver balances de otros, no siempre registran sus Estados Contables en AIN aún estando obligadas a hacerlo. El hecho habla por sí solo.
Lo que importa en definitiva es que en LIDECO se encuentra el mayor acopio de estados contables que están disponibles para la consulta por parte del asociado. Dadas las condiciones actuales, es posible que ante la búsqueda de un balance, no se obtengan resultados. Ello puede suceder porque: el balance no está en AIN porque la empresa no está obligada a presentarlo, o porque no lo va a presentar porque no hay sanción y no quiere presentarlo; porque aún está en plazo para presentarlo.
Sea cual sea el caso, rogamos al asociado que ante el interés de acceder a un estado contable no disponible en la base de datos, nos lo haga saber, para que procuremos obtenerlo: si está en AIN, se obtiene con celeridad. Del mismo modo, ante una solicitud de información a medida de indicadores financieros, se procurará chequear a la fecha de la consulta si han ingresado más estados contables en AIN.
¿Por qué estas aclaraciones? Porque para poder potenciar el valor de contar con la Central de Balances es preciso que todos comprendamos sus posibilidades (si más empresas presentan balances más rica y valedera será la información) y sus restricciones. De esa forma podremos procurar poner la realidad de nuestro lado y subsanar las limitaciones con las que debemos convivir, al menos hasta que las cosas cambien. Y vaya que hemos insistido para que ello suceda.
Por consultas, comunicarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Muchas gracias!