Afortunadamente la mayoría de los negocios se hacen a la luz de la corrección comercial. Si así no fuera, no darían abasto los juzgados ni los institutos jurídicos previstos por la ley para garantizar la dinámica fluida de la plaza comercial. La corrección comercial tiene su sustento en la confianza, muchas veces generada en el transcurso histórico de sucesivas transacciones comerciales exitosas (esto, es aquellas transacciones donde se cumple lo pactado entre las partes involucradas).
Afortunadamente la mayoría de los negocios se hacen a la luz de la corrección comercial. Si así no fuera, no darían abasto los juzgados ni los institutos jurídicos previstos por la ley para garantizar la dinámica fluida de la plaza comercial.
La corrección comercial tiene su sustento en la confianza, muchas veces generada en el transcurso histórico de sucesivas transacciones comerciales exitosas (esto, es aquellas transacciones donde se cumple lo pactado entre las partes involucradas). Lo que es claro es que, la expectativa positiva de que alguien cumplirá con su palabra, en materia comercial, no surge ni puede surgir de la nada.
“Desde el punto de vista jurídico surgirá el crédito cuando una parte, en una relación negocial, admite la postergación de la contraprestación para que ésta sea cumplida en el futuro, y admite ese cambio a futuro, porque deposita confianza en que su deudor no sólo tendrá voluntad de cumplir la contraprestación diferida, sino también tendrá posibilidad de hacerlo" (1)
Conceder un crédito implica arriesgar capital. Es legítimo entonces que quien arriesga capital pretenda tomar la decisión de asumir ese riesgo con base en la información necesaria para evaluar que son mayores las probabilidades de éxito que de fracaso.
La posibilidad de incumplimiento siempre existe, situación en la cual, obviamente ante la falla del repago, es necesario incursionar en la fase de recupero, ya en un estado de “patología del crédito”. En este punto es importante remarcar que, ninguna gestión de cobranza, por buena que sea, compensa un crédito mal otorgado.
La forma de acercarse a la certeza de que una obligación será cumplida es, a través de la informaciónque permita prever la capacidad para el repago, en el marco además, de una reputación comercial favorable. Hablamos entonces de evaluar el riesgo reputacional y del acceso a la información contable.
Obviamente todos sabemos que la información reduce el riesgo pero no lo elimina. De ahí que es necesario además, haber tomado las adecuadas previsiones en materia de contratos, documentación y garantías, que son instrumentos que existen para asegurar mayores posibilidades de recupero ante la ocurrencia de un incumplimiento comercial.
Llegados a situaciones donde se ha quebrado la confianza, tampoco se puede actuar de cualquier manera. Desde LIDECO insistimos hasta el cansancio en que la celeridad de la presentación de las cuentas morosas es un aspecto FUNDAMENTAL para el éxito en el recupero. Ni que hablar de la adecuada documentación comercial y garantías a las que nos referimos antes.
Y lo expuesto va de la mano con la registración temprana de los incumplimientos en nuestro Registro de Incumplimientos, a efectos de prevenir al mercado respecto de comportamientos comerciales inadecuados, y de ese modo contribuir al bien común que se deriva de la salud de la plaza comercial.
Por otra parte, la registración temprana de los incumplimientos también puede fomentar el recobro de la operación incumplida, ante el alerta de riesgo crediticio que la misma implica, y los consecuentes cuidados o limitaciones en cuanto al otorgamiento que a ese respecto genera en el resto del mercado.
Estos días de finalización del año y de inicio de un nuevo ciclo se prestan siempre para repensar procesos y revisar actuaciones. Las herramientas para potenciar el éxito en los negocios y para procurar reparar o reducir los daños en casos de incumplimiento, están al alcance de nuestros asociados. Procuremos estrechar los lazos de intercambio y colaboración para que el año que comienza sea aún más provechoso y fructífero para todos.-
1 Dr. José P. Ponce De León. “El crédito y el Informe”. Revista Institucional de Liga de Defensa Comercial, edición 120, 1995