Más allá de las obligaciones legales, todos los individuos, y por ende la empresas, que son constituidas por individuos que tienen diversos objetivos comunes, tenemos la responsabilidad de plantearnos pautas orientadoras respecto a lo que debe ser un manejo ético de la información.
Más allá de las obligaciones legales, todos los individuos, y por ende la empresas, que son constituidas por individuos que tienen diversos objetivos comunes, tenemos la responsabilidad de plantearnos pautas orientadoras respecto a lo que debe ser un manejo ético de la información.
Nuestro quehacer, en tanto gremial, gira en torno a la información comercial centrada en la tomar decisiones comerciales y jurídico - comerciales, pero la reflexión sobre el derecho a tomar decisiones informadas trasciende ampliamente este ámbito si lo abordamos desde una perspectiva ética, la cual no puede sino incluir una perspectiva de la convivencia social.
Todos somos sujetos de derecho, dignos de igual consideración y respeto. El fin último de toda conducta – comercial, médica, jurídica, etc. – debe fundamentarse en la obligación de preservar el valor máximo de la vida humana. Ello se concreta a través de uno de los principios éticos básicos, que es el de beneficencia (hacer el bien), que ordena como obligación primera la de no dañar o afectar negativamente el estado de bien de ningún interlocutor como consecuencia de las propias acciones. Entra a tallar aquí el grado en que el conocimiento o desconocimiento de información puede afectar el estado de bien de una organización cuando toma decisiones de negocios.
No faltan las opiniones encontradas en este sentido. El manejo de información afecta un derecho humano básico, el derecho a decidir con autonomía. Autonomía que tendrà su lìmite en el hecho de que las consecuencias de las decisiones afecten a terceros.
Decidir responsablemente (es decir, con la capacidad de responder por la decisión tomada) y con autonomía supone partir de la premisa de que cada quien debe poder basar sus decisiones en información veraz y suficiente. Las decisiones son válidas cuando se dan a partir de esas condiciones y estando el sujeto que decide fuera de todo tipo de presión o coerción.
Información veraz es información no tergiversada, es el dato cierto. Pero el dato cierto no es sinónimo de información suficiente. Veracidad y suficiencia son dos elementos que deben ir de la mano para que pueda concretarse el derecho a decidir autónomamente.
Hablar del derecho a la información suficiente es plantear el derecho a acceder a la información necesaria para decidir con conocimiento de causa. Decir la verdad es no tergiversar datos, pero también es poner sobre la mesa todos los datos que son necesarios para reducir el margen de error en una decisión. Decidir en base a información veraz pero incompleta es, de alguna forma, decidir en falso, o decidir bajo engaño si hubiese habido intencionalidad en el ocultamiento de información que de ser conocida hubiera evitado o cambiado el curso de una decisión.
Pretender decidir con información supone una obligación de reciprocidad. Porque todos tenemos derecho a igual consideración y respeto. Nuestra Institución brega dede hace casi 98 años, no solo por acceder a datos completos y veraces, conscientes de que es una tarea siempre perfectible, sino por promover que los usuarios de información comercial sean conscientes de:a) su derecho a decidir con base en información veraz y suficiente y b) su responsabilidad en la búsqueda de información veraz y suficiente y c) su deber ético de proporcionar la información que garantice para el mercado las condiciones de reciprocidad necesaria para que exista transparencia en las transacciones comerciales merced a la disponibildiad de información.